Elecciones Cámara Oficial de Comercio, Industria y Servicios de Palencia
ELECCIONES 2022
Esta Cámara de Comercio, Industria y Servicios de Palencia en virtud de lo establecido en la Orden la Orden ICT/1074/2021, de 30 de septiembre, por la que se declara abierto el proceso electoral para la renovación de los Plenos de las Cámaras Oficiales de Comercio, Industria, Servicios y Navegación de España, procede a la exposición de su censo electoral cerrado a 1 de enero de 2021 en su página web –además de en su sede- durante el plazo comprendido entre los días 2 de noviembre y 22 de noviembre de 2021, (ambos inclusive), con el fin de que todas las empresas de la Cámara de Palencia que son las dadas de alta en la sección primera del IAE, puedan comprobar en qué grupo y categoría electoral se encuentran encuadradas.
EXPOSICIÓN PÚBLICA DEL CENSO ELECTORAL (Plazo Finalizado)
RECLAMACIONES:
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- Pueden presentarse en cualquier momento desde que la exposición del censo.
- Plazo máximo, hasta cinco días después de vencido el plazo de exposición (hasta el día 29 de noviembre de 2021 incluido)
- Resolución de las posibles reclamaciones por parte del comité ejecutivo en cinco días (hasta el día 7 de diciembre de 2021 incluido)
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Formulario para realizar reclamaciones
Convocatoria de elecciones en Castilla y León
CANDIDATURAS:
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- Modelo candidatura a vocales del grupo A) del Pleno
- Modelo candidatura a vocales del grupo C) del Pleno
- Declaración responsable de no encontrarse inhabilitado/a por la normativa vigente
- Declaración jurada de vigencia de poderes y facultades de actuación en representación de sociedades civiles, comunidades de bienes o entidades similares
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VOTO POR CORREO:
ACTAS JUNTA ELECTORIAL
Los datos incorporados en el presente CENSO ELECTORAL han sido incluidos por la Cámara Oficial de Comercio, Industria y Servicios de Palencia en cumplimiento de lo establecido en el artículo 17 de la Ley 4/2014, de 1 de abril, Básica de las Cámaras Oficiales de Comercio, Industria, Servicios y Navegación, en el artículo 13 del Decreto 12/2015, de 12 de febrero, por el que se regula la composición de los órganos de gobierno de las Cámaras de Castilla y León y el procedimiento para la elección de sus miembros, , así como en la Orden EYE/348/2015, de 27 de abril, por la que se aprueban las normas para la elaboración de los censos electorales de las Cámaras de Castilla y León, con la finalidad de elaborar y gestionar el CENSO ELECTORAL para el adecuado desarrollo del PROCESO ELECTORAL en curso. Su uso por las personas interesadas deberá realizarse única y exclusivamente con dicha finalidad, quedando prohibido el tratamiento y difusión de cualquier información mostrada, siendo responsabilidad de la persona o personas, cualquier uso y/o distribución, por cualquier medio no autorizado, respondiendo, en cada caso, de las responsabilidades que pueda conllevar.